Artículo 1.- Modificación de los artículos 46, 108-B, 121, 121-B, 122, 124-B, 168, 208, 323 y 442 del Código Pena
Modifícanse los artículos 46, 108-B, 121, 121-B, 122, 124-B, 168, 208, 323 y 442 del Código Penal, en los
siguientes términos: “Artículo 46.- Circunstancias de atenuación y agravación