Artículo 1.- Objeto
El presente Decreto Legislativo tiene por objeto normar la formación profesional de la Policía Nacional del Perú, estableciendo su finalidad y objetivos. La formación profesional policial se imparte en las Escuelas que para dicho fin se crean.
El Sector Interior, a través de la Escuela Nacional de Formación Profesional Policial, ejerce rectoría respecto a la política de Orden Interno y Seguridad.
Artículo 2.- Alcance
El presente Decreto Legislativo se aplica a los estudiantes, docentes y personal de la Policía Nacional del Perú.