Jesús María, 12 de julio de 2021
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
– OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;
Que, el literal f) del artículo 52 del citado Texto Único Ordenado señala que el Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado – OSCE tiene la función de emitir directivas en materias de su competencia; Que, el artículo 54 del citado Texto Único Ordenado prevé que el Consejo Directivo es el máximo órgano del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo;
Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se
emita sobre el particular;
Que, mediante Informe Nº D000104-2021-OSCEDTN, la Dirección Técnico Normativa propone la Directiva “Programa de Vigilancia Ciudadana en las Contrataciones Públicas”, la cual tiene como objeto fortalecer la transparencia, eficiencia e integridad en la gestión de las contrataciones del Estado, a través de acciones de supervisión de oficio de carácter preventivo motivadas por la participación de la ciudadanía;
Que, mediante Informe Nº D000233-2021-OSCEOAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica considera que la propuesta formulada por la Dirección Técnico Normativa se encuentra conforme al marco legal vigente, por lo que resulta viable su aprobación;
Que, en atención a la propuesta presentada, mediante Acuerdo Nº 003-008-2021/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo Nº 008-2021/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la Directiva “Programa
de Vigilancia Ciudadana en las Contrataciones Públicas”;
Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo;
Con el visado del Secretario General, de la Directora Técnico Normativa y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificado por Decretos Supremos Nº 377-2019-EF, Nº 168-2020-EF, Nº 250-2020-EF y Nº 162-2021-EF; el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y el Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la Directiva Nº 001-2021-OSCE/CD “Programa de Vigilancia Ciudadana
en las Contrataciones Públicas”, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SOFÍA PRUDENCIO GAMIO
Presidenta Ejecutiva.
Publicado el 13 de julio del 2021. Diario Oficial el peruano.
Dr. Luis PASTOR SALAZAR.