El 24 de diciembre del 2022, se ha publicado el Decreto SUPREMO N°303-2022-EF, el aumento de la Unidad Impositiva Tributaria para el año 2023, se ha establecido S/ 4,950.00 soles, incrementándose S/ 350.00 soles, se advierte del análisis de la Unidad Impositiva Tributaria.
AÑO – 2021 | AÑO -2022 | AÑO – 2023 | |
La Unidad Impositiva Tributaria fue S/ 4,400.00 soles | La Unidad Impositiva Tributaria S/ 4,600.00 soles | La Unidad Impositiva Tributaria S/ 4,950.00soles |
CONCLUSIONES:
1. Para el año 2023 se incrementó la “UIT” S/ 350.00 soles
2. El año 2022 la UIT fue incrementada S/ 200.00 soles
3. En los años 2022 y 2023 el ejecutivo sin tomar en cuenta la situación de la PANDEMIA y la AUSENCIA de la inversión privada extranjera en el Perú, la UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA fue incrementado a S/ 550.00 soles
4. Ante la crisis política en el Perú, las inversiones privadas se han ausentado
5. Las huelgas provocadas por grupos minoritarios de la izquierda radical que vienen incendiando y bloqueando carreteras (vías de comunicación), el Estado tendrá menos recaudación
6. Por los paros ilegítimos de grupos de la izquierda radical, afectado al Turismo en todo el territorio de país, reducirán la recaudación de impuestos
7. En el Perú se ha incrementado el desempleo por FALTA PROMOVER POLÍTICAS DE ESTADO QUE GENEREN EMPLEO y potenciar una economía de todos los peruanos
8. El incremento de S/ 350.00 soles de la UIT, va promover una informalidad de los peruanos a NO PAGAR IMPUESTOS
9. El incremento de la UIT va disminuir el pago de infracciones al “RNT”
10. Se advierte ante los conflictos sociales y el incremento de la “UIT” el Estado peruano recaudará menos impuestos.
Dr. Luis PASTOR SALAZAR.
DECRETO SUPREMO Nº 309-2022-EF
VALOR DE LA UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA DURANTE EL AÑO 2023
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario, cuyo Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es un valor de referencia que puede ser utilizado en las normas tributarias, entre otros;
Que, asimismo dispone que el valor de la UIT será determinado mediante Decreto Supremo considerando los supuestos macroeconómicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en la Norma XV del Título Preliminar del Código Tributario;
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobación de la UIT para el año 2023 Durante el año 2023, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias será de Cuatro Mil Novecientos Cincuenta Soles (S/ 4,950).
Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA
Ministro de Economía y Finanzas
2137588-1
Publicado el día sábado 24 de diciembre del 2022. Diario Oficial el peruano.
Dr. Luis PASTOR SALAZAR.